Los miembros hábiles de los Colegios de Abogados del Perú, quienes se constituirán en Miembros del Congreso de acuerdo a la siguiente estructuración:
- Delegado Pleno, con voz y voto.- De tres a cinco delegados por cada Colegio de Abogados, elegidos en Asambleas Generales y acreditados como tales por cada Consejo Directivo de los Colegios de Abogados del Per, quienes podrán presentar ponencias y participar en el debate y conclusiones sobre un tema del Congreso.
- Delegado Fraterno con voz y sin voto.- Los abogados hábiles que no fueron elegidos como Delegados Plenos y se inscriban como tales, los que también podrán presentar ponencias y asistir a las Mesas de Trabajo y Reuniones Plenarias y participen en calidad de observadores, con voz pero sin voto.
- Miembros Observadores.- Egresados y Bachilleres de Derecho, debidamente inscritos en el Congreso..
- Estudiantes Observadores.- Estudiantes de Derecho debidamente acreditados por las Facultades en las que cursan estudios.